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Universidad Nacional Arturo Jauretche | Instituto de Ciencias Sociales y Administración | Licenciatura en Trabajo Social

Si sufrís violencia de género llamá al 144.

Si pensás que tenés Covid-19 llamá al 107 (si estás en Florencio Varela) o al número provincial 148.

-Lugar de realización de la experiencia: Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de Quilmes. Gaboto n°624, Quilmes, CP 1878.

-Fecha o período en la que se sitúa lo presentado: 2021-2022

Presentación

En el presente trabajo buscaremos exponer algunos desafíos propios del trabajo en niñez y adolescencia, signados por la urgencia pero también por el territorio como posibilidad. Miraremos también las modificaciones que se sucedieron en la modalidad de abordaje a partir de las medidas de Aislamiento Social Preventivo Obligatorio. Quienes escribimos esta ponencia nos desempeñamos como trabajadoras sociales en el Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de Quilmes. Nos interesa reflexionar acerca de las limitaciones y posibilidades de las prácticas, entendiendo que las mismas se inscriben en la política pública destinada a niñez y adolescencia y en la disputa por las modalidades de gobierno de la niñez y las familias.

Acerca de la institución y la intervención del Trabajo Social

El Servicio Local (en adelante, SL) se divide en el área de protección de derechos y la de promoción. El área de promoción de derechos consiste en un equipo que coordina varios proyectos y programas. Por su parte, el área de protección de derechos, donde nos desempeñamos, está conformada por 5 Equipos Técnicos interdisciplinarios, que intervienen según una división territorial del municipio, y están compuestos mayoritariamente por: trabajadores sociales, psicólogues y abogades1; hay un equipo de admisión, un equipo de urgencias diurno y un equipo de guardia a contra turno. Los equipos de guardia tienen la función de garantizar la atención de situaciones emergentes que requieran una respuesta en el marco de la urgencia todos los días del año.

Al SL ingresan situaciones de vulneración de derechos de NNyA, a través de presentaciones de informes realizados por instituciones escolares, de salud y por la Secretaría de mujeres y diversidades, de oficios del poder judicial, de presentaciones espontáneas de familiares, de denuncias policiales realizadas por familiares o referentes comunitarios y por intermedio de organizaciones de la comunidad, entre otras posibles.

En los equipos técnicos de restitución de derechos recibimos las situaciones de vulneración de derechos por parte del equipo de admisión, o por intermedio del área de legales o de educación. Es decir, que lo primero que recibimos es un texto de lo que acontece a sujetos determinados, sea la transcripción de una entrevista inicial o un informe con el historial de intervenciones previas realizadas por otra institución.

El derecho vulnerado con más frecuencia en dichas presentaciones es a la dignidad y a la integridad personal, siendo los mayores hechos relatados de violencia sexual en la infancia y de maltrato físico y psicológico, así como también violencia por motivos de género a la adulta cuidadora.

Otros motivos por los que mayoritariamente se requiere la intervención de nuestros equipos es por dificultades en el acceso al derecho a la salud y al derecho a la educación. Con respecto a la salud, muchas veces se trata de acompañar a NNyA que requieren algún tratamiento especializado por alguna problemática de salud tanto física como mental. Y con respecto al acceso a la educación, ante la problemática del ausentismo y la deserción, las instituciones educativas en el marco de la corresponsabilidad despliegan estrategias desde su especificidad, pero solicitan intervención conjunta cuando relevan alguna problemática que deriva en la desafiliación escolar, o bien cuando agotaron las estrategias que estaba a su alcance desplegar.

La gran demanda de intervención que recibe el SL y la variedad de razones de intervención, hacen necesario un trabajo de análisis y de clasificación, generando indicadores que permitan evaluar la prioridad de las situaciones de vulneraciones de derechos. El principal indicador de urgencia es la convivencia con el agresor, en casos de violencia sexual hacia las niñeces o de violencia física. También se evalúan potencialidades del grupo familiar amplio para garantizar la protección, es decir, si está presente en la dinámica familiar una persona (o más) “protectora”, es decir, alguien que visibiliza que un NNyA está atravesando una situación de vulneración de sus derechos y está en condiciones (con el acompañamiento dentro de las estrategias del SL) de ejecutar las acciones que sean necesarias para garantizar su resguardo.

Luego del análisis de lo que a los equipos se nos presenta como situación de intervención, revestida de “legajo”, se convoca a alguno de los actores para comenzar la intervención, en general al adulto/a que está ejerciendo los cuidados del NNyA y al niño/a, o adolescente. Las acciones que en general se enmarcan en las estrategias de restitución de derechos abarcan: entrevistas con los miembros de la familia o referentes afectivos significativos, la escucha del niño, niña y/o adolescente, articulaciones con otras instituciones como efectores de salud, escuelas, espacios recreativos, con la finalidad de gestionar recursos o bien coordinar estrategias de intervención en conjunto. También se implementan acciones tendientes al fortalecimiento socio-económico.

Las entrevistas pueden realizarse en sede del SL, en visitas domiciliarias o en instituciones donde concurran les NNyA como las escuelas. Ahora bien, el SL trabaja de manera centralizada, ubicándose geográficamente en el centro de la ciudad de Quilmes, siendo que trabaja con familias de todo el municipio. Por ello, desde los equipos técnicos de protección de derechos se viene trabajando de manera territorial, no sólo yendo a los barrios donde viven las familias a realizar visitas o a reunirse con organizaciones sociales, sino que al menos dos veces a la semana se garantiza atención en espacios cercanos a los barrios, como ser un CIC, CAPS, una iglesia, entre otras posibilidades. Creemos importante contar con un espacio dentro del territorio, donde las familias tengan acceso a poder recurrir, ya que muchas veces las intervenciones se dificultan por la no asistencia de las familias a la sede, por la lejanía geográfica y simbólica de la misma.

En base a la Ley Federal de Trabajo Social 27072, entendemos a la profesión basada en la práctica y como una disciplina que promueve el cambio y el desarrollo social, contribuyendo al fortalecimiento y a la libertad de las personas. Tomando la ley, desde el SL, trabajamos en base a ciertas incumbencias profesionales, tales como: políticas públicas vinculadas a distintos ámbitos como salud, hábitat, desarrollo social, discapacidad, educación, adicciones, entre otras; en la elaboración de informes sociales, socioeconómicos y socio-ambientales; intervenciones domiciliarias, institucionales y comunitarias. Si bien reconocemos la especificidad de la mirada del Trabajo Social, en el trabajo cotidiano y desde la perspectiva de otras disciplinas, a veces aparece como un rol indefinido, por lo tanto se cuelan demandas que no corresponden al quehacer profesional.

Nos parece importante destacar que, si bien en las últimas décadas hubo cambios normativos que plasmaron la consolidación de un nuevo paradigma de intervención en niñez, hay representaciones propias del modelo de la situación irregular que perduran, en el imaginario social en general, y en particular en las familias con las que interviene el SL y de otras instituciones que articulan con el mismo. En ese sentido, muchas familias pero también a veces otras organizaciones ven en la intervención del SL la posibilidad inminente de que se adopte una medida de protección que implique la separación del NNyA del grupo familiar de origen.

En el cotidiano de la intervención, se tiene presente en los equipos interdisciplinarios que, si bien la posibilidad de adoptar una medida de abrigo está contemplada por la legislación (Ley Provincial 13298), la misma constituye el último recurso a considerar, desplegando estrategias para garantizar el goce de derechos de NNyA sin alterar su centro de vida. Así y todo, en casos donde se evalúa que la permanencia con la familia de origen impide el goce de derechos, las medidas de abrigo tienen, en la mayoría de los casos, como responsables a personas adultas del grupo familiar. Se considera a la familia de manera ampliada, por lo que forman parte de las estrategias de restitución de derechos familiares consanguíneos como también personas que se constituyen como referentes afectivos del NNyA por cuestiones vinculares de su historia de vida. De esta manera, en las situaciones que sí se adopta una medida de protección excepcional de derechos, el NNyA permanece en su centro de vida y permanece también dentro del marco de una familia, evitando la institucionalización.

Sobre la condición del trabajo: la urgencia y el territorio

Se hace imperioso nombrar la precariedad de las condiciones en las que se trabaja en el área de niñez y adolescencia en particular. No sólo por la inestabilidad laboral y la devaluación salarial, sino también por la falta de recursos cotidianos para la intervención. La vulneración de derechos laborales es la otra cara de la situación de vulneración y empobrecimiento de la niñez y adolescencia contemporáneas.

Hay una cuestión a considerar que atraviesa todo trabajo en niñez que es el imperativo de la respuesta in-mediata. Sin tiempo de mediar. Esta condición del trabajo trae serias dificultades para mantener una reflexividad constante sobre las prácticas. La demanda emergente que se presenta como incesante, inabarcable también genera malestares y frustraciones, sobre todo en la dificultad de planificar y proyectar la tarea, y también por la responsabilidad subjetiva que genera hacia quienes lo desarrollamos.

También esta condición del trabajo podemos pensarla a partir de atravesamientos del paradigma tutelar, donde la decisión sobre la vida de les NNyA era tomada de manera unilateral por el juez. De esta forma, cuando una institución o incluso una familia piensa en el SL como un órgano casi apéndice del poder judicial, y demandan que se indique “qué hacer” con los pibes y pibas, podríamos decir que está ubicado en ese paradigma de comprensión de la intervención. En lugar de pensar de manera corresponsable las obligaciones de cada institución y de la comunidad y las potencialidades del trabajo intersectorial.

Es parte del proceso de intervención hacer el tiempo, construir el tiempo. Es interesante pensar lo que el trabajo social tiene para aportar a ese objetivo, siendo una profesión donde jerarquizamos el trabajo interdisciplinario e intersectorial. Podemos plantear que la urgencia atraviesa el trabajo cotidiano como una dificultad para trabajar de manera articulada, mientras que en el trabajo territorial se ensanchan los márgenes de un trabajo planificado.

La pandemia de COVID-19 y las medidas de aislamiento y distanciamiento social preventivo y obligatorio que se impulsaron, nos situaron en un escenario radicalmente nuevo para la intervención, y también habilitaron otro tiempo en la intervención. El SL seguía recibiendo las demandas con el imperativo de urgencia, pero eran muy limitadas las posibilidades de acercarse a una familia. Al igual que en otras instituciones, la presencia del SL en el territorio se reconfiguró y se redujo. La articulación con las organizaciones sociales y con las escuelas fue clave para sostener a dichas familias frente a la emergencia sanitaria.

En simultáneo, se reconfiguró nuestro trabajo, habilitándose una posibilidad novedosa para el SL que fue el teletrabajo. En el mismo, las tecnologías de la comunicación posibilitaron que tengamos reuniones virtuales con instituciones y entrevistas telefónicas o videollamadas con las familias, con la clara limitación de que quedaban por fuera del universo de intervención los sujetos que no contaban con dicho soporte tecnológico. El teletrabajo inauguró un paréntesis en la demanda espontánea que se siente como abrumadora en la sede presencial del SL. El tiempo podía organizarse de otra manera. Lo más beneficioso del teletrabajo fue la posibilidad de realizar un registro exhaustivo de las intervenciones2 (las cuales, a su vez, menguaban en intensidad). Registro que, en el cotidiano de la demanda incesante, queda relegado. Es entendible que no se priorice en el cotidiano, pero también es innegable que un registro prolijo de las intervenciones realizadas es condición necesaria para garantizar derechos y evitar revictimizaciones, o incluso para tener una lectura amplia de la situación familiar, ya que muchas veces las intervenciones con las familias duran más que el tránsito de profesionales por el SL.

Conclusiones

En este raconto de las situaciones que se suscitan en la intervención cotidiana en el SL, podemos destacar la persistencia de la URGENCIA como factor que está marcando el tiempo. Dijimos que un desafío del trabajo interdisciplinario es poder “parar la pelota” y tomarse el tiempo (o hacer el tiempo) para reflexionar colectivamente acerca de las estrategias de intervención desplegadas y las posibles, y tal vez “desactivar la bomba” de la urgencia. Sin menospreciar su importancia y lo que viene a marcarnos, poder poner desde el equipo mojones de lo posible, y no “correr” detrás de los hechos.

En ese sentido, la presencia situada, pertinente, persistente y humana en los territorios en los que intervenimos nos abre otro campo de juego posible. Nos refresca la mirada y nos entrecruza con otros actores, aliados o no, pero presentes en la vida de los sujetos con los que intervenimos: los niños, niñas, adolescentes y sus familias. No se trata, a nuestro entender, de buscar sostener una subjetividad heroica, al decir de Lewcowicz, por demás imposible, sino de fortalecer mancomunadamente el sistema de promoción y protección de derechos de NNyA, encontrando en corresponsabilidad alternativas viables a la comunidad, que pueda ser partícipe en la búsqueda del desarrollo colectivo, en la mejora de sus situaciones y potenciando su capacidad de agencia.

Autoras

Ayelén Araujo

Agustina Burgueño

Karen Enríquez

María Naida Roleri

(Trabajadoras sociales de equipos técnicos del Servicio Local de Quilmes)

Bibliografía

-Ley Federal de Trabajo Social N° 27072

-Ley Nacional N°°26061 de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes

-Ley Provincial N°13298 de Promoción y Protección de los derechos de los niños.

1

Utilizaremos la E como postura política al escribir, para representar a todas las identidades genéricas, no sólo las binarias. También hablaremos de Niños, Niñas y Adolescentes (NNyA) respetando el encuadre poblacional propuesto por la política pública.

2

Las intervenciones se registran en el sistema provincial REUNA (Registro Estadístico Unificado de Niñez y Adolescencia)

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