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Salud Mental Comunitaria. Experiencia del dispositivo de Primera Escucha en Centros de Atención Primaria de Salud del Municipio de Quilmes
En el marco de la plena implementación de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657, a partir del mes de Octubre de 2021, desde la Coordinación de Salud Mental del Municipio de Quilmes, se ha comenzado a implementar, en cada uno de los 44 Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) , el dispositivo de “Primera escucha”.
Los CAPS pertenecen al primer nivel de atención en salud y por encontrarse inserto en la comunidad se constituyen como el nivel más descentralizado dentro del sistema de salud de la Provincia. Es tarea de este nivel implementar la estrategia de Atención Primaria de la Salud, integrando la asistencia, la promoción de la salud, prevención y rehabilitación de enfermedades, sobre la base del respeto a la diversidad cultural.
En este sentido, el dispositivo de primera escucha se incorpora a los equipos de salud como una herramienta que propone brindar una escucha activa con enfoque interdisciplinario al primer acercamiento con personas que se presentan en el CAPS manifestando alguna forma de padecimiento subjetivo, sistematizando información clave que facilite la articulación con otros sectores del Estado según la problemática que se presenta.
Los principales objetivos del dispositivo son:
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Transversalizar la perspectiva de cuidado en salud mental al conjunto del equipo de salud.
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Facilitar articulaciones con otros sectores del Estado.
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Sistematizar información acerca de las problemáticas en salud mental prevalentes.
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Crear dispositivos comunitarios contribuyendo con la accesibilidad al sistema de salud.
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Planificar interdisciplinariamente estrategias para la intervención inmediata de situaciones emergentes.
Los equipos que se conforman para llevar adelante la tarea son diversos en cada CAPS, esto varía según la composición de los mismos, los intereses y necesidades de la comunidad y del centro de salud. Habitualmente está conformado por psicólogas y psicólogos, trabajadores sociales y promotoras y promotores de salud tal como la normativa establece. Se propone esta conformación de los equipos para garantizar el acceso a una salud integral.
Entendemos la accesibilidad al sistema de salud como un concepto central que hace referencia al “vínculo que se establece entre los usuarios, las usuarias y los servicios, que surge de una combinatoria entre las condiciones y discursos de los servicios y las condiciones y representaciones de los sujetos” (Solitario et al., 2008) y se manifiesta en la modalidad particular que adquiere la utilización de los servicios.
La accesibilidad a los servicios de salud no sólo se relaciona con su oferta, sino también con las políticas, los mecanismos y dispositivos que regulan las relaciones entre ellos y la población (Ferrara, 1985): “en este sentido, los servicios de salud están condicionados por fuerzas mayores tales como políticas públicas, leyes, economía, paradigmas médicos, valores culturales y problemas sociales” (Pawlowicz et al., 2007).
Las principales dimensiones de la accesibilidad son la accesibilidad geográfica (posibilidad que tiene la población para acceder a los recursos de salud); accesibilidad administrativa (facilidad con que la población puede llegar a resolver sus requerimientos de atención de la salud, en cuanto a tramitaciones o exigencias solicitadas por la administración de los servicios de salud); accesibilidad económica (facilidad que tiene la población de consumir los bienes que la producción sanitaria crea en un tiempo y en un lugar determinado conforme la capacidad económica que posee el individuo o la comunidad); y la accesibilidad cultural (incluye elementos de la cultura, de la psicología y de las relaciones sociales que involucran la conducta de los grupos sociales frente a sus requerimientos de salud (Ferrara, 1985).
El acceso a tratamientos psicológicos en las instituciones de salud, en particular en el primer nivel de atención, históricamente se vieron obstaculizados por la aparente falta de profesionales. Lo cierto es que la problemática es más profunda, se puede pensar en términos de barrera de accesibilidad teniendo en cuenta un concepto que diferentes autores utilizan para hablar del acceso a la salud integral. La barrera definida como cultural, Stolkiner la redefine como simbólica en tanto considera que el imaginario social y las representaciones también pueden constituirse en barreras (Comes, Solitario, et al., 2006). Tal es así que el modelo manicomial propuso un modo de abordaje de los padecimientos subjetivos que se enmarca en la cultura del disciplinamiento con la marginalidad y peligrosidad como representaciones sociales.
En este sentido, y a partir de un momento histórico como lo fue la pandemia por Covid 19 seguido del periodo de post pandemia, fue necesario en el Municipio de Quilmes, redefinir las prácticas en Salud Mental. El proceso de transformación tiene como bases la Ley Nacional de Salud Mental y el plan provincial de salud mental.
Participan del dispositivo de primera escucha diferentes disciplinas del campo de la salud mental como Trabajadoras y trabajadores sociales, Médicas y médicos clínicos/generalistas y Promotoras y promotores de salud. Consiste en realizar una entrevista en dupla donde se explora el motivo de consulta en salud mental y los determinantes sociales que configuran la condición de salud del usuario o usuaria (problemáticas habitacionales, violencia de género, vulneración de derechos de N, N y A, discapacidad, etcétera) y que impactan en su salud mental.
En este espacio se construye y problematiza la demanda de la persona que llega al CAPS, siendo la confidencialidad un espacio que habilita la circulación de la palabra.
A partir del relevamiento de la demanda a través de la primera escucha y la presencia de los y las trabajadoras en el territorio, los equipos interdisciplinarios de los CAPS han creado dispositivos grupales y abiertos a la comunidad. Además, existen dos experiencias novedosas en el municipio como lo son la mesa intersectorial de salud metal para el abordaje de los consumos problemáticos de Villa Itatí que surge del COE (Comité operativo de emergencias) de ese mismo barrio y la Mesa de salud mental para la prevención del suicidio del barrio La Paz. Dos Mesas intersectoriales de trabajo donde participan instituciones del Estado y la comunidad organizada.
La incorporación de una visión interdisciplinaria, aporta nuevas formas de construcción de acciones y de sentidos comunes en relación a la salud mental. Poder socializar una mirada de salud mental contextualizada en las tramas sociales, territoriales, que atraviesan la cotidianeidad de las personas de la comunidad es fundamental para pensar a la salud mental como transversal a la salud integral .
En contextos de vulneración de derechos, las intervenciones interdisciplinarias e intersectoriales, son necesarias para poder pensar estrategias en conjunto, deconstruyendo la idea de padecer como individual, y construyendo colectivamente saberes y estrategias que fortalezcan el lazo social en la comunidad.
Autoras: Blanco Melina; Duarte Marisa; Enriquez Daiana.
Bibliografía
Comes, Y., Solitario, R., Garbus, P., Mauro, M., Czerniecki, S., Vázquez, A., Sotelo, R., & Stolkiner, A. (2006). El concepto de accesibilidad: La perspectiva relacional entre población y servicios. Facultad de psicología UBA. Secretaría de Investigaciones. Anuario de Investigaciones., XIV.
Ferrara, F. (1985). Teoría social y salud. Catálogos editora.
Organización Panamericana de la Salud (2008). Sistemas de salud basados en la Atención Primaria de Salud: Estrategias para el desarrollo de los equipos de APS. Washington, D.C.
Pawlowicz, M. P., Rossi, D., & Zunino, D. (2007). Accesibilidad de los usuarios de drogas a los servicios públicos de salud en las ciudades de Buenos Aires y Rosario. La perspectiva de los trabajadores de la salud. Intercambios Asociación Civil.
Solitario, R., Garbus, P., & Stolkiner, A. (2008). Derechos, ciudadanía y participación en salud: Su relación con la accesibilidad simbólica a los servicios. Facultad de psicología UBA. Secretaría de Investigaciones. Anuario de Investigaciones., XV.
LEYES Y RESOLUCIONES
Ley Nacional N° 26.657 (2010). Ley Nacional de Salud Mental.
Ley 26.485 Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales.
Ley 26.061 Disposiciones generales. Objeto. Principios, Derechos y Garantías. Sistema de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Órganos Administrativos de Protección de Derechos. Financiamiento. Disposiciones complementarias.
Ley 26.529 Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud.